Certificaciones

ASESORES DE CRÉDITO INMOBILIARIO, ECI

Cumplimos con la Directiva Europea de Crédito Hipotecario (2014/17/UE).

Nuestros estándares de calidad nos permiten trabajar con profesionales especializados en créditos relacionados con operaciones inmobiliarias, como préstamos hipotecarios y otros productos financieros vinculados a bienes raíces.
Los contratos de crédito inmobiliario son regulados por tres normas:

• La Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
• El Real Decreto 309/2019, de 26 de abril, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y se adoptan otras medidas en materia financiera.
• La Orden ECE/482/2019, de 26 de abril, por la que se modifican la Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios, y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.

Estas normas contienen un régimen específico de protección de las personas físicas que sean deudores, fiadores o garantes de préstamos que estén garantizados mediante hipoteca sobre bienes inmuebles de uso residencial o cuya finalidad sea la adquisición de derechos de propiedad sobre terrenos o inmuebles construidos por construir.
La normativa señalada incorpora al ordenamiento español la Directiva 2014/17/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores.

Nuestro equipo está certificado como intermediarios y asesores de crédito inmobiliario.

MIEMBROS ASOCIADOS DE EFPA

Nuestro asesoramiento se fundamenta en el código ético de EFPA (European Financial Planning Association) – 2013, asegurando un alto nivel de competencia técnica.

Estas normas establecen principios éticos que los profesionales deben seguir al interactuar con sus clientes, incluida la integridad, la independencia, la objetividad y la confidencialidad.

Desde la recolección de información y diseño del plan financiero hasta las evaluaciones periódicas del mismo. En caso de incumplimiento del presente código, el comité ético de cada país tiene el derecho de suspender temporalmente o retirar el certificado.

Cumplimos con la Directiva Europea de Crédito Hipotecario (2014/17/UE).

Nuestros estándares de calidad nos permiten trabajar con profesionales especializados en créditos relacionados con operaciones inmobiliarias, como préstamos hipotecarios y otros productos financieros vinculados a bienes raíces.
Los contratos de crédito inmobiliario son regulados por tres normas:

• La Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
• El Real Decreto 309/2019, de 26 de abril, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y se adoptan otras medidas en materia financiera.
• La Orden ECE/482/2019, de 26 de abril, por la que se modifican la Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios, y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.

Estas normas contienen un régimen específico de protección de las personas físicas que sean deudores, fiadores o garantes de préstamos que estén garantizados mediante hipoteca sobre bienes inmuebles de uso residencial o cuya finalidad sea la adquisición de derechos de propiedad sobre terrenos o inmuebles construidos por construir.
La normativa señalada incorpora al ordenamiento español la Directiva 2014/17/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores.

Nuestro equipo está certificado como intermediarios y asesores de crédito inmobiliario.

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MIEMBROS ASOCIADOS DE EFPA

Nuestro asesoramiento se fundamenta en el código ético de EFPA (European Financial Planning Association) – 2013, asegurando un alto nivel de competencia técnica.

Estas normas establecen principios éticos que los profesionales deben seguir al interactuar con sus clientes, incluida la integridad, la independencia, la objetividad y la confidencialidad.

Desde la recolección de información y diseño del plan financiero hasta las evaluaciones periódicas del mismo. En caso de incumplimiento del presente código, el comité ético de cada país tiene el derecho de suspender temporalmente o retirar el certificado.